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Adopciones

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Poder Judicial de Córdoba

Preguntas frecuentes

Esta sección se irá nutriendo con las respuestas a las preguntas que recibimos a diario

¿Es costoso el trámite de la inscripción en el RUA?

No. La inscripción es personal y totalmente gratuita.

Se realiza a través del portal Web del Poder Judicial de Córdoba y no requiere de abogados.

En el caso de que mi pareja y yo seamos del mismo sexo
¿Podemos adoptar?

, pueden hacerlo.

Soy una persona soltera ¿Puedo adoptar?

, podés hacerlo.

Ya tengo hijos ¿puedo adoptar?

, podés hacerlo.

No tuve problemas para concebir, pero deseo adoptar
¿Puedo hacerlo?

, podés hacerlo.

¿Puedo inscribirme si tengo una enfermedad o discapacidad?

, podés hacerlo

No cuento con casa propia ¿Puedo adoptar?

, podés hacerlo. 

¿Puedo anotarme en los Registros de otras provincias?

No, solo podes inscribirte en el Registro del lugar de residencia.

Asimismo, dicha inscripción es válida para toda la Argentina.

¿Puede ser adoptada una persona mayor de edad?

, de manera excepcional, podrá ser adoptada una persona mayor de edad cuando se trate del hijo del cónyuge o conviviente de la persona que pretende adoptar o haya tenido posesión de estado de hijo al ser menor de edad, mientras dicha circunstancia se encuentre fehacientemente comprobada.

¿Es necesario estar inscripto en el RUA si quiero adoptar al hijo/a de mi cónyuge?

Para estos casos, llamados Adopción Integrativa, no es necesario encontrarse inscripto en el RUA (cfrme. art. 17 ley 25854).

El trámite se lleva a cabo ante los Tribunales con competencia en familia.

¿Cómo me entero si fui seleccionado?

Vas a recibir un llamado del Tribunal interviniente para mantener una entrevista con el Juez/a del proceso.

Allí se te harán conocer los pasos a seguir.  

¿Qué implica el derecho del niño a conocer sus orígenes?

Es el derecho que tienen los niños de acceder al expediente judicial y/o administrativo para conocer los datos relativos a su identidad y al de su familia biológica.